viernes, 13 de diciembre de 2013

Realidad de España y de la Unión Europea

Actualmente, en España, ya se ha elaborado una ley de transparencia desarrollando el artículo 105.b. de la Constitución Española, que como hemos expresado con anterioridad en esta entrada y en entradas precedentes del blog, no ha sido tan completa como se esperaba. Además, por lo visto en la web de Transparency International, hemos comprobado que España no está en la posición que le corresponde como régimen democrático que es, quedando situada en el puesto 40 de todos los estados participantes en dicha encuesta.

En la Unión Europea la situación no es mucho mejor, si bien hemos visto que en el artículo 15 del TFUE se desarrolla en poca medida el concepto de la transparencia, desarrollado por el Reglamento 1049/2011. Para controlar la transparencia de las instituciones, la Unión Europea elabora un Informe anual del Consejo sobre el acceso a los documentos.


Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno

Tiene, en líneas generales, tres objetivos:
  1. Aumentar y reforzar la transparencia en la actividad pública.
  2. Reconocer y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad.
  3. Establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.
Sin embargo, esta ley tiene una serie de flaquezas, que vamos a enumerar y a desarrollar de forma muy escueta en los siguientes puntos:
  1. No es un derecho fundamental; pues desarrolla el artículo 105.b de la Constitución Española, perteneciente al Título IV: Gobierno y Administración, y no al Título I, Capítulo II, que es en el que se contienen los derechos y libertades de los ciudadanos.
  2. No afecta a todas las instituciones por igual
  3. No se podrá acceder a toda la información; queda limitado el acceso a temas relativos a la seguridad nacional y a Defensa del Estado, en lo referente al derecho a la intimidad y en la averiguación de los delitos.
  4. El silencio administrativo negativo; los ciudadanos podrán preguntar, pero si la Administración no responde en plazo podrán entender por desestimadas sus pretensiones.
  5. El consejo de Transparencia, que no es un órgano independiente.
  6. Regulación de los grupos de interés.

 

Conclusiones 

Como ya se ha expresado en anteriores entradas, la Ley de Transparencia llega tarde, y con unas limitaciones inexplicables que ponen de manifiesto la opacidad de las instituciones y organismos del Estado español. Con todos estos problemas la ley de transparencia será un instrumento ineficaz, que solo busca complacer la opinión ciudadana para que se pueda decir que España tiene una ley de transparencia, pero que a pesar de todo, no expresa la total voluntad del pueblo español.


Introducción

¡Buenas tardes! Tras todas las entradas que hemos realizado anteriormente vamos a realizar un pequeño sumario de todos los conceptos que hemos abordado, con la intención de proporcionaros a todos vosotros, lectores, una perspectiva más general acerca de todas las preguntas que puedan surgir acerca de la transparencia.

Concepto

Entendemos la transparencia como el acceso público a la información por parte de todos los actores de una sociedad. Las Administraciones deben ser transparentes, con el objetivo primordial de fomentar:
  1. La confianza de los ciudadanos.
  2. La buena gobernanza.
  3. El control de la corrupción.
  4. Mejora de las políticas públicas y la eficiencia.
  5. Permite identificar a los responsables en la toma de decisiones.
No obstante, hemos podido apreciar que estos objetivos no se cumplen en su totalidad, pues aunque la idea sea esa, las leyes que tratan de desarrollar el concepto no profundizan lo suficiente. Esto se ha visto reflejado en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que se ha visto muy limitada por los rídiculos intereses de los actores políticos, y la falta de cooperación con diversas organizaciones no gubernamentales, que reclamaban una ley de transparencia más sólida, y que abarcara todas las instituciones públicas.

Opiniones

Además, gracias a la colaboración de diversos profesores del área de Ciencia Política de la Universidad de Vigo, hemos podido proporcionaros opiniones sobre la transparencia de expertos en la materia. Respecto de este concepto, todos opinan que es algo necesario en una democracia, y que España debería estar en lo más alto de las encuestas. Además, es un derecho de todos los ciudadanos y un deber de todas las Administraciones, no solo en lo que a control se refiere, sino también para promover la confianza de la sociedad en las instituciones, mejorar la imagen de España de cara al exterior y promover la participación ciudadana.